Nuevo proceso de Permiso de Permanencia en el país para cónyuges de ciudadanos estadounidenses

Escrito por el 17 julio, 2024

Por: Valentina Murcia

El Departamento de Seguridad Nacional (DHS) implementará un nuevo proceso que evaluará, caso por caso, las solicitudes de «permiso de permanencia en el país» (parole in place) para ciertos cónyuges no ciudadanos de ciudadanos estadounidenses que han residido en Estados Unidos durante al menos diez años.

Esta medida permitirá a los no ciudadanos elegibles solicitar la residencia permanente legal basada en su matrimonio con un ciudadano estadounidense sin tener que abandonar el país. Actualmente, el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS) no está aceptando solicitudes bajo este proceso, pero comenzará a hacerlo a partir del 19 de agosto. Cualquier solicitud presentada antes de esta fecha será rechazada.

Criterios de Elegibilidad

Para ser considerados para la concesión discrecional del permiso de permanencia en el país, los solicitantes deben cumplir con varios requisitos específicos:

  1. Estar presentes en Estados Unidos sin haber sido admitidos ni tener permiso de permanencia temporal.
  2. Haber residido continuamente en Estados Unidos durante al menos 10 años al 17 de junio de 2024.
  3. Estar en un matrimonio legalmente válido con un ciudadano estadounidense al 17 de junio de 2024.
  4. No tener antecedentes penales descalificantes ni representar una amenaza para la seguridad nacional o pública.
  5. Merecer un ejercicio favorable de la discreción.

Adicionalmente, ciertos hijos no ciudadanos de solicitantes pueden ser considerados bajo este proceso si, al 17 de junio de 2024, estaban físicamente presentes en Estados Unidos sin haber sido admitidos ni tener permiso de permanencia temporal, y tienen una relación de hijastro cualificada con un ciudadano estadounidense.

Preparación para la Solicitud

Aunque las solicitudes aún no son aceptadas, los interesados pueden comenzar a prepararse reuniendo la documentación necesaria para demostrar su elegibilidad. Esta evidencia puede incluir:

  • Certificados de matrimonio que confirmen un matrimonio legalmente válido con un ciudadano estadounidense al 17 de junio de 2024.
  • Documentos de identidad, como licencias de conducir, certificados de nacimiento con identificación fotográfica, pasaportes válidos, o cualquier documento gubernamental que incluya nombre, fecha de nacimiento y foto del solicitante.
  • Pruebas de ciudadanía estadounidense del cónyuge, tales como pasaportes, certificados de nacimiento o certificados de naturalización.
  • Documentación que demuestre residencia continua en Estados Unidos durante al menos 10 años al 17 de junio de 2024. Ejemplos de esta documentación pueden ser recibos de alquiler, facturas de servicios públicos, registros escolares, documentos médicos, y declaraciones de entidades religiosas o comunitarias.

Para los hijos no ciudadanos, la evidencia de elegibilidad puede incluir certificados de nacimiento o adopción, prueba de matrimonio válido de sus padres con un ciudadano estadounidense, y documentación de la presencia física en Estados Unidos al 17 de junio de 2024.

Protección Contra Estafas de Inmigración

El DHS advierte sobre las estafas de inmigración, recordando a los solicitantes que los formularios de solicitud del gobierno son gratuitos y se pueden descargar desde el sitio web oficial de USCIS. Solo abogados con licencia en Estados Unidos o representantes acreditados por el Departamento de Justicia pueden proporcionar asesoramiento legal sobre inmigración. Los solicitantes deben estar atentos a individuos que prometan resultados garantizados o utilicen tácticas predatorias.

Para protegerse, los solicitantes deben asegurarse de no pagar por formularios del gobierno, obtener acuerdos escritos detallando los servicios proporcionados, guardar copias de todos los documentos preparados, y solicitar recibos escritos con el nombre y dirección del proveedor.


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